INSTITUCIONAL
BENEFICIOS PARA EMPRESAS
Beneficios que recibe una empresa que contrata personal con algún
grado de discapacidad (fiscales, previsionales, o de otro tipo)
Las empresas que contraten personal con algún tipo
de discapacidad cuentan con los siguientes beneficios económicos e impositivos:
A nivel Nacional
- Deducción del 70% de Impuesto a las
Ganancias o sobre los capitales.
- Ley N° 22.431 (Sistema de Protección al
Discapacitado modificada por Ley N° 23.021, art. 23). Los empleadores que
contraten trabajadores discapacitados por tiempo indeterminado gozarán de la
exención del 50% de las contribuciones patronales por el período de un año.
- Ley N° 24.013 art. 87. Conf. Nota 408/04,
Dirrección de Asesoría Legal y Técnica, AFIP. Descuento del 50% en
contribuciones patronales por la contratación de grupos laborales
protegidos.
- Ley N° 24.147 art. 34. Exención del 33% en
contribuciones a la seguridad social, por el término de DOCE (12) meses,
siendo efectiva cuando dicha incorporación de personal produzca un
incremento neto en la planta de una empresa que emplee hasta OCHENTA (80)
trabajadores. En caso de que se trate de un beneficiario del Programa Jefe o
Jefa de Hogar, la exención será del 50%.
Provincia de Buenos Aires
- Deducción del 50% de Ingresos Brutos.
- Ley N° 10.592, art. 17 (reglamentada por el
art. 167 del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires).
Otros beneficios:
El MTEySS prevé para los próximos meses el lanzamiento del “Programa de
Inserción Laboral de Trabajadores con Discapacidad” que tiene como objetivo
promover la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad en el sector
privado, a través del pago directo a los Trabajadores con discapacidad ($ 150)
durante 9 meses, que podrá integrarse a la suma aportada por los empleadores a
fin de alcanzar el monto de la remuneración correspondiente.
¿Qué tiene que tener en cuenta una empresa antes de contratar personas
con discapacidad?
En primer lugar debe saber que tener algún tipo de discapacidad no impide
realizar tareas laborales competitivas. Toda Empresa interesada en contratar
trabajadores con discapacidad tiene que comprender que emplear una persona con
discapacidad contribuye a lograr el desarrollo integrado de una sociedad más
justa e igualitaria.
Existen diversos grados de discapacidad. ¿Cómo están catalogados a los
efectos laborales?
En la selección e incorporación se debe evaluar a la persona, luego a la
discapacidad.
Es importante señalar que no existe un nomenclador que relacione puesto de
trabajo con tipo de discapacidad. Asimismo las personas con discapacidad no
conforman un grupo homogéneo, ya que la discapacidad puede ser física, sensorial
(auditiva y visual), mental, visceral. De acuerdo a su origen puede ser
congénita o adquirida. Por otro lado la discapacidad puede tener una incidencia
mínima en la capacidad de trabajar e integrarse a la vida social, o bien dejar
como secuelas repercusiones graves que hagan necesaria la prestación de un grado
considerable de apoyo y asistencia.
Las empresas privadas no están obligadas a tener cierto porcentaje de personas
discapacitadas en su plante. Ya que, la política del MTEySS es buscar la
sensibilización empresarial, para que se reconozca la idoneidad de los
trabajadores con discapacidad para el empleo.
Los datos estadísticos de cuántas personas con algún grado de discapacidad están
trabajando en relación de dependencia es muy bajo. Teniendo dificultad, a su
vez, para obtener datos del empleo no registrado. Y las empresas que tienen
entre su personal a trabajadores con algún grado de discapacidad es muy bajo
también, ahí radica el esfuerzo del ministerio por medio de la Unidad para una
mejor empleabilidad.
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